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Cristina Vergara y Asociados, tu asesor contable

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre contabilidad, IVA y el SII

Honorarios, plazos, cambio de contador, fiscalizaciones y remuneraciones. Si tu duda no está aquí, la respondemos en la reunión de diagnóstico.

Honorarios y contratación

8 preguntas

¿Cuánto cuesta el servicio mensual?
Depende del tamaño y del movimiento de tu empresa. Parte en 1,1 UF al mes si recién inicias actividades y en 2 UF al mes para empresas en marcha. Si llevamos tus remuneraciones, se suman 0,5 UF por trabajador al mes en cualquiera de los dos tramos; sobre cinco trabajadores, el valor por trabajador baja según el rubro. Nuestros servicios están exentos de IVA, así que el valor en UF es el total que pagas. El honorario definitivo lo cerramos después de la reunión de diagnóstico.
¿Qué incluye exactamente el honorario mensual?
Incluye la declaración mensual de F29 (IVA), el registro de compras y ventas y una reunión mensual online para resolver tus dudas; en el tramo En operación, la asesoría contable y tributaria es continua. Si llevamos remuneraciones, se suman las liquidaciones de sueldo y las cotizaciones previsionales, a 0,5 UF por trabajador al mes. Se cotizan aparte la declaración anual de Renta (F22), los estados financieros y la reportería, la atención de fiscalizaciones del SII, el término de giro, la constitución o modificación de sociedades, las declaraciones juradas especiales, los trámites notariales y las asesorías laborales en juicios o finiquitos complejos. Preferimos decírtelo antes y no cuando llegue la factura.
¿La declaración de Renta (F22) está incluida en el honorario mensual?
No. La declaración anual de Renta se cotiza aparte: la valorizamos en enero y su honorario se paga en cuotas, en marzo y abril. Así llegas a la Operación Renta con el trabajo planificado y el costo conversado con anticipación.
¿Cuánto cuesta una planificación tributaria o armar un holding?
Los proyectos de estructuración se cotizan entre 5 y 20 UF según la complejidad (número de sociedades, actividades involucradas y régimen tributario de partida) y normalmente se acompañan de asesoría mensual continua. Es el trabajo que buscan dueños de empresas con dos o más sociedades, o empresarios que quieren separar su patrimonio personal del empresarial.
¿Cobran en UF o en pesos?
Cobramos en UF y emitimos una factura exenta de IVA cada mes, según los servicios contratados.
¿Sus honorarios llevan IVA?
No. Nuestros servicios están exentos de IVA y emitimos factura exenta: el valor en UF que acordamos es el total que pagas, sin recargos que aparezcan después.
¿La primera reunión tiene costo?
Sí, porque es una asesoría real: revisamos tu situación y respondemos consultas concretas. Se paga por adelantado, al reservar la hora, y si decides contratarnos ese valor se abona a tu primera factura.
¿Hay contrato de permanencia?
No. Trabajamos con contratos de prestación de servicios de renovación mensual, sin cláusula de permanencia obligatoria. Buscamos relaciones de largo plazo por el valor entregado, no por amarres.

Cómo trabajamos

9 preguntas

¿Tienen que venir a mi oficina o todo es remoto?
Trabajamos con clientes en todo Chile de forma remota, y la operación es digital incluso con clientes cercanos: documentos por correo y carpetas compartidas, reuniones por video y acompañamiento durante todo el año. No necesitas desplazarte para nada. Si estás en la zona y prefieres conversar en persona, Cristina puede reunirse contigo en tu oficina o en un café.
¿Atienden empresas fuera de Viña del Mar?
Sí. Tenemos clientes en Viña del Mar, Valparaíso, Santiago y regiones. La atención es la misma en todo el país porque es remota de origen, no una adaptación.
¿En cuánto tiempo me responden?
Cristina Vergara revisa personalmente las consultas que llegan por el sitio y responde dentro de las primeras 24 horas hábiles, habitualmente antes. Te contactamos por el canal que elijas: WhatsApp o correo electrónico. Atendemos de lunes a viernes de 09:00 a 18:00; el viernes por la tarde atiende Pablo Pinela.
¿Cada cuánto me van a contactar?
Todos los meses, al cerrar el período, y además cada vez que aparece algo que requiere tu decisión. No esperamos a la Operación Renta para hablar contigo.
¿Qué documentos tengo que entregarles cada mes?
Cualquier respaldo de los hechos económicos que forman parte de tu contabilidad. En la práctica: las rendiciones de gastos con sus respaldos, las cartolas bancarias, los contratos de arriendo y de leasing, las tablas de amortización y los comprobantes de pago de tus créditos, y el detalle de los retiros.
¿Cuánto demora partir y qué necesitan de mí?
Empezamos con la reunión de diagnóstico. Una vez acordado el servicio, si es un plan básico y nos habilitas los accesos al SII podemos comenzar el mismo día. Si hay que revisar períodos anteriores, primero verificamos que tus F29 estén al día y sin observaciones y revisamos si existe deuda en Tesorería. Si contratas remuneraciones, cargar la información de tu equipo en nuestros sistemas toma entre dos y tres días.
¿Cómo me cambio si ya tengo otro contador?
Coordinamos el traspaso directamente. Necesitamos tus accesos al SII y los libros y declaraciones del último año. El cambio es transparente para ti: los plazos dependen del estado en que venga tu información y de lo que necesites.
¿Tengo que entregarles mi clave del SII? ¿Es seguro?
Para llevar tu contabilidad necesitamos acceso al SII, sí. Pero nunca te la pediremos por el formulario del sitio ni por correo: los accesos se coordinan contigo por un canal seguro una vez que decides contratarnos, y quedan registrados a nombre de la firma.
¿Con qué software trabajan?
Trabajamos directamente con el SII y con la plataforma iContador, además de nuestras propias herramientas de control. Si ya usas un software contable, nos adaptamos. La idea es que tú tengas visibilidad de tu información, no que dependas de pedirnos reportes.

SII y cumplimiento

3 preguntas

¿Qué pasa si no declaro a tiempo en el SII?
Se generan multas e intereses, y las declaraciones pendientes quedan como observaciones que se acumulan y te bloquean trámites. Es más común de lo que crees y tiene solución: partimos con un diagnóstico para ver qué falta y qué observaciones existen, y armamos un plan para regularizar.
¿Qué pasa si el SII me fiscaliza?
Te representamos ante el SII y preparamos el respaldo documental que responde al requerimiento. La atención de fiscalizaciones no está incluida en el honorario mensual: se cotiza según el alcance del caso. Lo importante es no responder solo y no dejar pasar los plazos.
¿Qué pasa si vengo atrasado o tengo deuda con Tesorería?
Lo revisamos antes de partir. Verificamos qué declaraciones faltan, qué observaciones hay en el SII y si existe deuda en Tesorería, y te mostramos el panorama completo antes de que tomes cualquier decisión.

Tu empresa y tu equipo

4 preguntas

¿Necesito ser empresa para contratar un contador?
No necesariamente. Trabajamos con empresas constituidas, con personas que están en proceso de constituirse y con profesionales que ya facturan con giro propio, tanto en asesoría continua como en proyectos de planificación tributaria. Lo que no hacemos son consultas puntuales gratuitas.
¿Pueden ayudarme si tengo trabajadores y necesito liquidaciones de sueldo?
Sí. Pablo Pinela, nuestro especialista en remuneraciones y recursos humanos, lleva contratos, liquidaciones de sueldo, cotizaciones previsionales, finiquitos y trámites en la Dirección del Trabajo. Se suma a tu contabilidad mensual en cualquier tramo, a 0,5 UF por trabajador al mes; sobre cinco trabajadores, el valor por trabajador baja según el rubro.
¿Trabajan con cualquier rubro?
Tenemos experiencia especialmente en salud (médicos, dentistas, centros médicos y radiológicos), construcción y minería (incluida la acreditación de contratistas), ingeniería y topografía, y servicios profesionales y consultoras. Si tu rubro es muy especializado, lo conversamos en la primera reunión.
¿Qué incluye la planificación tributaria?
Analizamos tu estructura societaria, los regímenes disponibles (14 A, 14 D / Pro Pyme), retiros, dividendos y gastos rechazados, y proyectamos tus impuestos a 12 meses. El objetivo es pagar legalmente lo que corresponde y evitar sorpresas en la Operación Renta de abril.

Dudas tributarias frecuentes

6 preguntas

¿El IVA es un gasto para mi empresa?
Por regla general no. El IVA que pagas en tus compras es crédito fiscal: se descuenta del IVA que recargas en tus ventas, así que no es un costo de la empresa sino un impuesto que trasladas. Se vuelve un costo cuando tu actividad es exenta o no gravada y por lo tanto no tienes derecho a usar ese crédito. Es una de las razones por las que conviene revisar en qué categoría queda cada actividad de tu giro.
¿Qué actividades están exentas de IVA?
Desde 2023 la regla general es que los servicios están afectos a IVA, con exenciones específicas. Entre ellas, los servicios que prestas como profesional independiente con boleta de honorarios y los de sociedades de profesionales que cumplen los requisitos legales y están inscritas ante el SII. También están exentas ciertas prestaciones de salud, la actividad docente de los establecimientos educacionales, el transporte de pasajeros y los servicios calificados como exportación. Una SpA o una EIRL que presta asesorías, en cambio, normalmente debe recargar IVA. Como el detalle depende del giro y de cómo prestas el servicio, conviene revisarlo caso a caso antes de emitir la primera factura.
¿Puedo pasar como gasto el combustible de mi automóvil?
Depende del vehículo. La Ley de la Renta no acepta como gasto la compra o el arriendo de automóviles, station wagons y similares, ni su combustible, mantención o seguros, y la Ley de IVA tampoco permite usar ese IVA como crédito fiscal. Las excepciones son acotadas: que tu giro habitual sea vender o arrendar esos vehículos, o que el SII lo autorice expresamente. Las camionetas, jeeps y furgones, en cambio, pueden aceptarse como gasto, y dar crédito fiscal si tu actividad está afecta a IVA, cuando los usas efectivamente en tu giro y el gasto está bien documentado. Antes de comprar o asignar un vehículo, conviene revisar tu caso.
¿Me puedo contratar por mi propia empresa?
Sí, mediante el sueldo empresarial. No es un contrato de trabajo propiamente tal, sino una remuneración que se asigna el dueño, socio o accionista que trabaja efectivamente en la empresa. Para que se acepte como gasto, debe ser razonablemente proporcionada a la importancia de la empresa, a sus rentas, a los servicios que prestas y a la rentabilidad del capital; en la práctica, una remuneración de mercado. Si el SII la considera excesiva, puede rechazar el exceso. Para ti tributa como sueldo, con impuesto único. Según el SII, cotizar no es requisito para rebajarlo como gasto; si te corresponde cotizar, y de qué forma, depende de tu situación previsional. Conviene evaluarlo junto con tus retiros antes de implementarlo.
¿Cuál es la diferencia entre sueldo empresarial, boleta de honorarios y retiros de un socio?
Son tres vías distintas de sacar dinero de la empresa, con tratamiento tributario distinto. El sueldo empresarial es una remuneración por trabajo efectivo, afecta al impuesto único. La boleta de honorarios corresponde a un servicio profesional independiente, con retención y sin relación de dependencia. Los retiros son la distribución de utilidades al socio y tributan según el régimen de la empresa y el registro de rentas empresariales. Cuál conviene depende de tu régimen, de tus utilidades y de tu situación previsional: es exactamente lo que revisamos en una planificación.
¿Puedo quedar como sociedad siendo una sola persona?
Sí. Puedes constituir una Sociedad por Acciones (SpA), que admite un solo accionista, o una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), que técnicamente no es una sociedad pero también es una persona jurídica con patrimonio propio, separado del tuyo. La sociedad de responsabilidad limitada, en cambio, requiere al menos dos socios. Si eres profesional, considera además el IVA: ni la EIRL ni la SpA califican como sociedad de profesionales, así que desde 2023 sus servicios en general quedan afectos a IVA. Cuál te conviene depende de tus planes de crecimiento, de si sumarás socios y del régimen tributario, así que vale la pena revisarlo antes de constituirla.

¿No está tu pregunta?

Escríbenos y la respondemos. Cristina Vergara revisa personalmente las consultas que llegan por el sitio y responde dentro de las primeras 24 horas hábiles.

¿Conversamos sobre tu contabilidad?

El primer paso es una reunión de diagnóstico de 30 minutos: revisamos en qué régimen estás, qué tienes al día y qué quedó pendiente. Se paga al reservar la hora y se abona a tu primera factura si nos contratas.

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